Derecho Laboral: Puede que la fábrica en la que trabajo la vendan

18 Ene Derecho Laboral: Puede que la fábrica en la que trabajo la vendan

Puede que la fábrica en la que trabajo la vendan a otra empresa. Nos han asegurado que nos seguirían aplicando nuestro convenio, que tiene vigencia hasta el 2015. De acuerdo con el mismo. El próximo mes de noviembre por antigüedad me corresponderá un premio de dos mensualidades. ¿La compra supone el cambio de convenio o es cierto que te lo tienen que mantener?

Nos plantea un supuesto de sucesión de empresa, de transmisión de un centro de trabajo, por el que se produce la subrogación de un nuevo empresario en el puesto del anterior, garantizándose la continuidad de las relaciones laborales de los trabajadores vinculados con la empresa cedente, pues el cambio de empresario no extingue por si mismo los contratos de trabajo, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social. Respecto al convenio colectivo, el art. 44 del Et dispone que salvo pacto contrario, establecido una vez consumada la sucesión mediante acuerdo de empresa, entre cesionario y los representantes de los trabajadores, las relaciones laborales de los trabajadores afectados seguirán rigiéndose por el convenio que regía en el momento de la transmisión, hasta la fecha de expansión del mismo o hasta la entrada en vigor de otro nuevo, que resulte aplicable a la entidad económica transmitida.

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