21 Ene Derecho Laboral: Concepto de dietas
Cada mes cobro en concepto de dietas entre 170 y 320 euros, dependiendo de los gastos por desplazamiento que realice, pero en agosto cuando estoy de vacaciones, no me pagan nada por dietas y sí en cambio me abonan 195 euros por el plus de toxicidad, aunque no trabaje el mes de agosto, no me tendrían que pagar también las dietas?
Como regle general, durante las vacaciones el trabajador debe cobrar la mensualidad normal u ordinaria que viene percibiendo, para garantizar con ello su descanso físico y psíquico, finalidad que podría verse afectada si mediaría una disminución de sus ingresos, Por ello, durante las vacaciones el trabajador percibe, además de su salario base, todos los complementos de su puesto de trabajo que se le abonan por las características del mismo, como puede ser el plus de toxicidad al que usted hace referencia o como podría ser el plus de nocturnidad. Ahora bien, quedan fuera de la retribución de las vacaciones los conceptos no salariales como las dietas, pues estas constituyen una compensación por los gastos realizados por el trabajador como consecuencia de su actividad laboral.
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