Derecho Laboral: Navegar por Internet

18 Ene Derecho Laboral: Navegar por Internet

Tengo una empresa y creo que hay algún trabajador que durante la jornada utiliza el ordenador para navegar por Internet. Nunca le he llamado la atención, pero pienso que el tema se me ha ido de las manos y he pensado en instalar un programa para comprobar el correo y la navegación por Internet. ¿Cómo debo actuar?

El ordenador es una herramienta de trabajo propiedad de la empresa sobre la que usted como empresario puede adoptar los medios de vigilancia y control oportunos para verificar el cumplimiento de los deberes laborales, siempre que ello no implique una intromisión ilegítima en aquello que afecte a la intimidad del trabajador. Si usted nunca ha informado a los trabajadores de forma inequívoca sobre la prohibición del uso del ordenador para temas personales, le recomiendo primero que les comunique de forma clara e inequívoca dicha prohibición y les advierta de las medidas de control que va a utilizar. Una vez los trabajadores sean informados, usted podrá realizar los controles pertinentes adoptar las medidas disciplinarias oportunas.

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