18 Ene Derecho Laboral: La empresa en la que trabajo
Estoy muy angustiada, pues la empresa en la que trabajo desde el 01/03/1992 tiene una situación económica preocupante, hasta el punto que creo probable que cierre. Mediante una página web ha calculado mi despido por causas económicas a fecha 31/12/2014, partiendo de un salario anual de 26.800 euros, y el resultado que obtengo es muy inferior a los 20 días por año. Dicho resultado se basa en una limitación de la indemnización. ¿Están limitadas todas las indemnizaciones por causas económicas?
El despido objetivo constituye una decisión unilateral del empresario por el que extingue el contrato de trabajo, basándose en una serie de causas específicas, siendo por tanto un despido causal. Entre las que pueden justificar el despido objetivo está económica, que tiene su origen en una situación de crisis, en la existencia de pérdidas actuales o previstas, o en la disminución persistente de los ingresos durante tres trimestres consecutivos. En cualquier caso, el despido por causas económicas exige una serie de requisitos de fondo y forma, por lo que le aconsejo que, en caso de producirse, consulte con un profesional. Respecto a la indemnización, todo despido objetivo implica que la empresa debe poner a disposición del trabajador, en el momento de su comunicación, una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, pero con un límite máximo de una anualidad de salario del trabajador (12 mensualidades), de ahí la diferencia que usted aprecia. De acuerdo con su antigüedad (01/03/1993) y su salario, los 20 días por año ascenderían a un importe superior a las 12 mensualidades de su salario, que será la cuantía máxima a la que esté obligada la empresa a abonarle.
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