Derecho Laboral: He consumido un año de paro y me queda otro

19 Ene Derecho Laboral: He consumido un año de paro y me queda otro

Me despidieron hace un año y he consumido un año de paro y me queda otro. Por mi edad, me va a resultar muy difícil encontrar trabajo por lo que quisiera saber qué requisitos se exigen para jubilarse anticipadamente.

La aprobación del Real Decreto-Ley 5/2013, del 15 de marzo, ha endurecido los requisitos de acceso a la jubilación anticipada, tanto la voluntaria como la forzosa (aquella que es por causa no imputable a la voluntad del trabajador). Por lo que se refiere a esta última para poder tener acceso a la misma se exige tener cumplida una edad que sea inferior en 4 años,  como máximo, a la edad legal de jubilación vigente en cada momento, es decir 61 años y  mes para el 2013 (cuando la edad de jubilación está fijada en  65 años y 1 mes), que se elevará gradualmente hasta alcanzar los  63 en el 2027 (cuando la edad ordinaria de jubilación se fije a los 67 años). También  es necesario que el solicitante acredite un período mínimo de cotización de 33 años. Asimismo, se exigirá que el cese se haya producido por una reestructuración empresarial que impida la continuidad de la relación laboral, (exigiéndose en los supuestos de despido colectivo y despidos objetivos que el trabajador acredite haber percibido la indemnización correspondiente o que haya interpuesto demanda judicial en reclamación o de impugnación del despido), por último, el solicitante deberá encontrarse inscrito como demandante de empleo durante al menso seis meses anteriores a la solicitud de la jubilación. Los coeficientes reductores que se aplicaran por jubilarse antes  de la edad legal también se han modificado, así, cuando se acredite un período de cotización inferior a 38 años y 6 meses, será de 1,8755% por trimestre; entre 38 años y 6 meses y menos de 41 de años y 6 meses, de corresponderá un 1,750% ; entre 41 años y 6 meses y menos de 44 años y 6 meses, un 1,625% , y cuando sea superior a 44 años y 6 mese, el coeficiente reductor que se aplicará será del 1,00% por trimestre.

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