Derecho Laboral: Hay convocada una jornada de huelga

19 Ene Derecho Laboral: Hay convocada una jornada de huelga

Hay convocada una jornada de huelga en los próximos días, y no estoy de acuerdo con la forma de plantear la negociación ni con lo que se solicita. Tengo la intención de ir a trabajar, pero depende de lo que hagan mis compañeros de departamento, que no está claro, podré desempeñar todo mi trabajo o solamente parte de él, si finalmente faltan muchos. ¿Mi sueldo puede verse afectado por la decisión que tome el resto de trabajadores?

El contrato de trabajo de los empleados que no participan en la huelga no se suspende, por lo que para quienes no participan en la huelga subsiste su obligación de trabajar, y por tanto, su derecho al salario correspondiente. Por tanto, el empresario tiene la obligación de abonar el salario a los trabajadores que no ejerzan su derecho a la huelga, y ello aunque permanezcan inactivos por no poder darles ocupación efectiva a causa de la huelga, salvo que se decretase el cierre patronal o se procediera a la suspensión del contrato por causa de fuerza mayor temporal.

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