Derecho Laboral:Tras la reforma de las pensiones, le preocupa no poderse retirar a los 65.

17 Ene Derecho Laboral:Tras la reforma de las pensiones, le preocupa no poderse retirar a los 65.

Mi padre cumplirá los 65 años el mes de julio del 2015. Actualmente tiene cotizados 26 años, por lo que en aquella fecha contará con un total de 28. Tras la reforma de las pensiones, le preocupa no poderse retirar a los 65, por lo que quisiéramos que nos informara de a qué edad podrá jubilarse en ese caso y si los 28 años que acreditará son suficientes para acceder a la jubilación.

Para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación se exige  como mínimo haber cotizado durante 15 años, de los cuales al menos dos deben ser dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación, requisitos que su padre cumple holgadamente. Respecto a la edad de la misma, es cierto que la última reforma de las pensiones ha variado la edad de jubilación que se retrasa de los 65 a los 67 años. Ahora bien, dicho aumento se hace de forma muy progresiva, con un incremento de un mes por año desde el 2013 hasta el 2018 y dos meses por año desde el 2019 al 2027, año en el que la edad ordinaria de jubilación se establecerá en los 67 años. Si desde el 2013 hasta el 2015 se incrementará en un mes por año, cuando su padre cumpla los 65 en el 2015, la edad ordinaria de jubilación estará fijada en 65 años y 3 meses. La ley prevé la posibilidad de jubilarse al cumplir los 65 años en el 2015, sin aplicar coeficientes reductores, sólo para aquellos trabajadores que acrediten en ese año un total de 35 años y 9 meses o más cotizados.

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