Derecho Laboral: Trabajo como auxiliar administrativa

18 Ene Derecho Laboral: Trabajo como auxiliar administrativa

Trabajo como auxiliar administrativa en una empresa en la que se aplica el convenio de oficinas. Tras discutir con la propietaria, le remití un <e-mail> indicándole que transcurridos cinco días dejaría de trabajar allí, como así hice. Ahora la empresa pretende descontarme del finiquito 15 días de mi salario porque no cumplí el preaviso obligado por ley. ¿Es correcto?

El consentimiento del trabajador debe existir tanto en el momento de celebrarse el contrato de trabajo como a lo largo del cumplimiento del mismo, por lo que éste puede extinguir voluntariamente su contrato en cualquier momento a través de la dimisión. Pero para evitar perjuicios al empresario la ley exige que dicho derecho se ejerza mediante el preaviso que se establezca en el convenio colectivo o la costumbre del lugar y en defecto de ambos suele aplicarse el preaviso de 15 días. En su caso, el convenio de oficinas y despachos de Cataluña fija un periodo de preaviso de 30 días para los trabajadores que pertenezcan a los grupos profesionales  1 y 2, y de 10 días para el resto de trabajadores. Siendo su categoría la de auxiliar, de acuerdo con dicho convenio pertenece al grupo 6, por lo que únicamente estaba obligada a preavisar con 10 días. Como únicamente lo hizo con cinco días de antelación, la empresa sólo puede descontarle de la liquidación los cinco días restantes hasta los  10 a los que estaba obligada.

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