Derecho laboral: En el supuesto de que no existan cargas familiares

19 Ene Derecho laboral: En el supuesto de que no existan cargas familiares

Tengo una duda, pues he escuchado las dos versiones, en el supuesto de que no existan cargas familiares de ningún tipo, ¿la pensión de viudedad se cobra en 12 mensualidades o hay derecho también a dos pagas extraordinarias? ¿Cuál sería la cuantía mínima de la pensión de viudedad para una persona con 63 años de edad?

Como regla general, la pensión de viudedad se abona a los beneficiarios mensualmente, más dos pagas extraordinarias que se hacen efectivas los meses de junio y noviembre. Sólo en el caso en los  que la pensión se derive de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el pago se realizará únicamente en las 12 mensualidades ordinarias, 12 pagas en las que estarían prorrateadas las dos pagas extraordinarias. Para calcular la cuantía de pensión de viudedad, sobre la base reguladora del causante/fallecido (que a su vez dependerá de si el causante estaba en activo o era pensionista o si la causa del fallecimiento fue contingencia común o profesional) se aplicaría un porcentaje del 52%. Respecto a la cuantía mínima, para persona con 63 años, sin cargas familiares, se garantiza una pensión mínima de 8.288 euros anuales, que suponen 14 pagas de 592 euros mensuales.

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