19 Ene Derecho Laboral: Después de ocho meses y medio de gestación se puso de parto
Mi cuñada, después de ocho meses y medio de gestación se puso de parto la semana pasada y desgraciadamente el feto estaba sin vida. Ella está muy afectada, y quisiera saber si tiene derecho a disfrutar de las 16 semanas de maternidad para recuperarse física y anímicamente, o en cuanto pueda tiene que reincorporarse al trabajo.
El artículo 48 del ET establece que podrá disfrutarse del descanso integro (16 semanas) con derecho a prestación del subsidio por maternidad, en su puesto como el que desgraciadamente nos plantea, pues en dicho artículo se indica que en el caso del fallecimiento del hijo el período de suspensión no se verá reducido, salvo que una vez que transcurran las 6 semanas de descanso obligatorio tras el parto, sea la madre quien solicite reincorporarse a su puesto de trabajo. Esto es de aplicación aun cuando, como ocurre en el supuesto que nos relata, el feto no reúna las condiciones establecidas para adquirir la personalidad (nacimiento con vida), siempre que hubiera permanecido en el seno materno durante al menos 180 días. Por tanto, su cuñada tiene todo el derecho a disfrutar íntegramente de la baja por maternidad si así lo decide.
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