Derecho Laboral: Convenio colectivo

19 Ene Derecho Laboral: Convenio colectivo

El padre de mi esposa falleció el pasado mes de agosto cuando ella estaba disfrutando de sus vacaciones. De acuerdo con su convenio colectivo, le pertenecían cuatro días de permiso, pues debía desplazarse a más de 300 kilómetros. Como  todo ocurrió estando ella de vacaciones, ¿podría entenderse que le faltan cuatro días de vacaciones por disfrutar y hacerlas ahora?

En general, cuando el trabajador está disfrutando de sus periodo de vacaciones, pueden ocurrir distintas incidencias como, por ejemplo, que se le declare en situación de incapacidad temporal, que es el supuesto más habitual, o que se produzcan determinadas circunstancias como el fallecimiento de un familiar o el nacimiento de un bebé, situaciones que comportan que se generen permisos retribuidos para el trabajador. En este último caso que nos plantea, salvo que en el convenio colectivo al que está adscrita la empresa en la que trabaja su esposa disponga de una opción más favorable o ella llegue a un acuerdo con la compañía, la regla general es no prorrogar la duración de las vacaciones.

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