Derecho Laboral:Empresa que se dedica a la explotación de dos campos de golf.

17 Ene Derecho Laboral:Empresa que se dedica a la explotación de dos campos de golf.

Mi marido trabaja en una empresa que se dedica a la explotación de dos campos de golf. Hace cuatro meses tuvo un accidente en el trabajo a cusa del cual le han tenido que operar dos veces la muñeca derecha y le falta una última intervención. No puede moverla, por lo que el médico le ha dicho que si la última operación no fuera bien, podrían darle la incapacidad total para su profesión. En el sindicato le han informado de que si esto ocurriera, la empresa tendría que tener concertado un seguro y pagarle una importante cantidad de dinero ¿es así? ¿Qué ocurriría si la empresa tuviese contratado el seguro?

El convenio colectivo de trabajo para la explotación de campos de golf de la región de Murcia establece en su art. 21 que las empresas del sector deberán concertar una póliza de seguros que comprenderá a todos los trabajadores, por las contingencias de muerte, invalidez permanente total para la profesión habitual, absoluta y gran invalidez derivados de accidente de trabajo y por un capital de 40.000 euros, para cualquiera de dichas contingencias. En defecto de aseguramiento y de producirse la situación asegurable, como podría ocurrir si a su marido le declarasen en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, debería responder directamente la empresa.

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.