Derecho Laboral: Existen unas cuantías mínimas de la pensión de viudedad

19 Ene Derecho Laboral: Existen unas cuantías mínimas de la pensión de viudedad

Mi suegro tiene 89 años y está muy delicado de salud, por lo que si falleciera, a mi suegra, de 79 años, sólo le quedaría como ingreso lo que le reconozcan de pensión de viudedad, todo ello agravado por el hecho de que la familia no les puede ayudar, pues mi marido, que es único hijo, está en paro. ¿Es verdad que existen unas cuantías mínimas de la pensión de viudedad?, ¿cuál sería la aplicable en el caso de mi suegra?

En principio, a su suegra le correspondería percibir en concepto de pensión de viudedad el 52% de la base reguladora que sirvió para determinar la pensión de jubilación de su suegra, En cualquier caso, la Seguridad Social garantiza unas cuantías mínimas de la pensión de viudedad, que varían en función de la edad y la existencia o no de cargas familiares del beneficiario, estableciéndose para las personas mayores de 65 años un importe mínimo de 631.30 euros al mes, lo que por 14 pagas implica una cuantía anual de 8,.838,20 euros.

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