Derecho Laboral: De baja por un problema en las cervicales

18 Ene Derecho Laboral: De baja por un problema en las cervicales

Desde hace tres meses he estado de forma intermitente de baja por un problema en las cervicales. Mi marido dice que por estar de baja intermitente pueden despedirme, ¿es cierto?

Su marido tiene razón, pues el empresario puede extinguir el contrato de trabajo cuando el trabajador tiene un determinado nivel de faltas de asistencia, siempre que éstas sean intermitentes, y aunque estén justificadas. Así para que el despido pueda llegar a ser efectivo por esta causa, se exige que las faltas de asistencia de trabajador alcancen el 20% al  menos de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos y que el total de faltas de asistencia en los 12 meses anteriores alcance el 5% de las jornada hábiles, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un período de 12 meses. Dichas faltas no computarían a estos efectos si su origen fuese un accidente de trabajo o cuando las bajas sean acordadas por los servicios médicos oficiales y tengan una duración de más de  20 días consecutivos. En caso de despido por faltas de asistencia intermitentes aun justificadas, el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un límite de 12 mensualidades.

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