Derecho Laboral: Accidente realizando montañismo

18 Ene Derecho Laboral: Accidente realizando montañismo

Hace un mes mi marido tuvo un accidente realizando montañismo. Pregunté en la empresa si al estar de baja, perdía las vacaciones que le tocaban en julio, pues los médicos aún no se atreven a darnos una posible fecha de alta. Dijeron que esto no sucedería si se incorpora y puede disfrutarlas antes de que acabe el año. ¿Es así?

No, su marido tendrá todo el derecho a disfrutar de sus vacaciones con independencia que le den el alta antes de acabar el  2013 o ya en el 2014, pues la ley permite disfrutar al trabajador de sus vacaciones una vez finalizado el período de incapacidad temporal tanto dentro del año natural al que correspondían esas vacaciones como con posterioridad; el único requisito que establece la ley es que no haya transcurrido más de  18 meses a partir del final del año en que se hayan originado las vacaciones.

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